Explorando los Entresijos: Una mirada profunda a la normativa y criterios de asignación en las transferencias financieras del canon a nivel nacional y regional

En este articulo analizaremos los aspectos clave que rigen el proceso de transferencia a los tres niveles de gobierno, proporcionando un panorama completo de los mecanismos mediante los cuales se llevan a cabo las transferencias financieras, con el objetivo de asegurar una comprensión integral de las prácticas y directrices aplicadas en este contexto.

Definición de Canon

Dentro de los recursos económicos asignados, se encuentran diversos tipos de Canon, tales como el Canon Minero, Canon Hidroenergético, Canon Gasífero, Canon Pesquero, Canon Forestal, así como el Canon y Sobrecanon Petrolero. La normativa que regula los primeros cinco está establecida por las Leyes Nº 27506, 28077 y 28322. En cambio, el Canon y Sobrecanon Petrolero está sujeto a una legislación especial específica para cada departamento.

¿Qué es el canon minero?

El Canon Minero representa la asignación que reciben los Gobiernos Locales y Regionales a partir de los ingresos y rentas generados por el Estado mediante la explotación de recursos minerales, ya sean metálicos o no metálicos.

¿Qué es el Canon Hidroenergético?

Consiste en la participación que disfrutan los Gobiernos Regionales y Locales sobre los ingresos y rentas generados por el Estado mediante la utilización del recurso hídrico en la generación de energía eléctrica.

¿Qué es el Canon Gasífero?

Corresponde a la participación recibida por las áreas geográficas donde se encuentra el recurso natural, basada en los ingresos generados por el Estado en la explotación de gas natural y condensados.

¿Qué es el Canon Pesquero?

Se refiere a la participación de las áreas geográficas sobre los ingresos y rentas obtenidos por el Estado mediante la explotación de recursos hidrobiológicos, tanto marítimos como continentales, lacustres y fluviales, por empresas dedicadas a la extracción y procesamiento comercial de pesca a mayor escala.

¿Qué es el Canon Pesquero?

Es la participación asignada a las áreas geográficas, derivada de los pagos por derechos de aprovechamiento de productos forestales y fauna silvestre, así como de los permisos y autorizaciones otorgados por la autoridad competente.

Antes de junio de 2002, el Canon Minero representaba el 20% del Impuesto a la Renta pagado por los titulares de la actividad minera. Sin embargo, a partir de esa fecha, según la Ley de Canon (Ley N° 27506), este porcentaje se incrementó al 50% en los cálculos de los importes correspondientes.

Composición del Canon

El Canon Minero esta compuesto por el 50% del Impuesto a la Renta, que es abonado por los titulares de la actividad minera como contraprestación por la explotación de recursos minerales, tanto metálicos como no metálicos.

El Canon Hidroenergético se compone del 50% del Impuesto a la Renta que abonan las empresas concesionarias de generación de energía eléctrica que hacen uso del recurso hídrico.

El Canon Gasífero está conformado por el 50% del Impuesto a la Renta, el 50% de las Regalías y el 50% de la participación del Estado en los Contratos de Servicios relacionados con la explotación de gas natural.

El Canon Pesquero esta compuesto por el 50% del Impuesto a la Renta y los Derechos de Pesca que son abonados por las empresas dedicadas a la extracción comercial de pesca a mayor escala de recursos naturales hidrobiológicos en aguas marítimas y continentales, lacustres y fluviales.

El Canon Forestal corresponde al 50% del pago por los derechos de aprovechamiento de productos forestales y de fauna silvestre, así como de los permisos y autorizaciones otorgados por la autoridad competente.

¿Cómo se define el area de influencia para distribuir el Canon?

Para la asignación de los recursos provenientes del Canon, se toma en cuenta el área geográfica de influencia que abarca los territorios de los Gobiernos Locales y Regionales donde se lleva a cabo la explotación de recursos naturales. Esto incluye las ubicaciones de las centrales de generación de energía eléctrica, los lotes de gas en explotación, los puntos de desembarque de la pesca a mayor escala y las áreas con concesiones o autorizaciones forestales.

Cuando los sitios de explotación de recursos naturales (previamente definidos) están en circunscripciones diferentes, la distribución se realiza proporcionalmente a la producción de cada unidad productiva.

En el caso de que los lugares de explotación de recursos naturales se encuentren en dos o más circunscripciones vecinas, la distribución se efectúa de manera equitativa entre ellas.

Factores determinantes en la distribución del Canon

El Canon, un recurso crucial para el desarrollo regional, es asignado a los gobiernos locales y regionales según criterios establecidos por el Ministerio de Economía y Finanzas. Este proceso se basa en índices relacionados con la población y las Necesidades Básicas Insatisfechas. La distribución se desglosa de la siguiente manera:

  1. El 10% del total del Canon se destinará a los gobiernos locales de la municipalidad o municipalidades distritales donde se lleva a cabo la explotación del recurso natural.
  2. El 25% del total del Canon se asignará a los gobiernos locales de las municipalidades distritales y provinciales donde se realiza la explotación del recurso natural.
  3. El 40% del total del Canon se dirigirá a los gobiernos locales del departamento o departamentos de las regiones donde se está llevando a cabo la explotación del recurso natural.
  4. El 25% restante del total del Canon se asignará a los gobiernos regionales de las áreas donde se explota el recurso natural. De este porcentaje, es necesario destacar que los Gobiernos Regionales deberán transferir el 20% a las Universidades Nacionales dentro de su jurisdicción.

Este enfoque busca garantizar una distribución equitativa y estratégica del Canon, considerando tanto la localización de la explotación como las necesidades específicas de cada nivel gubernamental. La asignación a las universidades también refleja la importancia de invertir en la educación superior para impulsar el desarrollo sostenible en las regiones afectadas.

Indice de distribución

La asignación de los recursos del Canon se realiza a través de índices de distribución, los cuales se construyen utilizando información proveniente de fuentes oficiales clave. Este enfoque demuestra una metodología detallada y respaldada por datos con el objetivo de asegurar una asignación equitativa y transparente de los recursos. Veamos un análisis detallado de las fuentes mencionadas:

  1. Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI):
  • Utiliza proyecciones de la población a nivel departamental, provincial y distrital, lo que sugiere que la asignación toma en cuenta la dimensión demográfica de las áreas afectadas por la explotación de recursos naturales.
  • Incluye indicadores de pobreza vinculados a necesidades básicas insatisfechas y déficit de infraestructura, evidenciando una consideración integral de las condiciones socioeconómicas locales.
  1. Ministerio de Energía y Minas (MINEM):
  • Incorpora datos específicos sobre empresas concesionarias de generación de energía eléctrica que utilizan recursos hídricos, lo que indica una conexión directa entre la actividad económica y la asignación de recursos.
  • Incluye información detallada sobre centrales hidroeléctricas, niveles de producción y su ubicación a nivel distrital, provincial y departamental, lo que implica una evaluación geoespacial para considerar la distribución territorial de los beneficios y los impactos.
  1. Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT):
  • Se basa en los montos de Impuesto a la Renta pagados por las empresas que explotan los recursos naturales, indicando que la asignación toma en cuenta la contribución fiscal de estas empresas a nivel regional y local.

Este enfoque multifacético, que abarca aspectos demográficos, socioeconómicos y fiscales, demuestra una estrategia integral para la asignación de recursos del Canon. Al incorporar información detallada de diversas fuentes oficiales, se busca garantizar que la distribución sea justa y refleje tanto las necesidades de la población como la contribución de las empresas a través de impuestos. Este análisis respalda la transparencia y la equidad en el proceso de asignación de recursos, promoviendo así un uso responsable y beneficioso de los ingresos generados por la explotación de recursos naturales.

¿De qué manera se realizan las transferencias por Canon?

Los ingresos derivados del Canon, generados a través del Impuesto a la Renta, se transfieren a los Gobiernos Regionales y Locales en un lapso de doce (12) cuotas mensuales consecutivas, abarcando el período comprendido entre junio y mayo del año subsiguiente.

En este contexto, se observa una estrategia de distribución mensual, probablemente diseñada para proporcionar una constante inyección de recursos a las entidades gubernamentales a lo largo del año fiscal. Esta distribución regular podría contribuir a una planificación financiera más efectiva por parte de los Gobiernos Regionales y Locales, permitiéndoles abordar de manera más precisa sus necesidades y proyectos.

Por otra parte, los recursos del Canon Pesquero, originados por los Derechos de Pesca, así como los del Canon Forestal, son determinados en periodos semestrales y se pagan en una única cuota. Este enfoque sugiere una modalidad diferente de manejar los ingresos, posiblemente adaptada a las particularidades de las industrias pesquera y forestal. La singularidad de estos sectores podría requerir un tratamiento financiero distinto, posiblemente vinculado a los ciclos naturales de la pesca y la gestión forestal.

En el caso del Canon Gasífero, los índices de distribución se calculan de forma anual, pero los montos son determinados y pagados mensualmente por PERUPETRO S.A. Este enfoque puede estar relacionado con la naturaleza de la industria del gas, donde la estabilidad mensual en los pagos puede ser crucial para la gestión efectiva de las finanzas gubernamentales.

En conjunto, la diversidad en los métodos de distribución del Canon refleja una adaptación a las particularidades de cada sector, buscando optimizar la utilización de los recursos y garantizar un flujo constante para impulsar el desarrollo regional y local.

¿En que debe ser utilizado el canon?

Conforme a lo estipulado en la cuarta disposición final de la Ley de Presupuesto del Ejercicio Fiscal 2006, los gobiernos regionales y locales están encargados de gestionar los recursos derivados de los Canon y Regalía Minera. Estos fondos están destinados exclusivamente al financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión pública. Estos proyectos deben enfocarse en brindar servicios públicos de acceso universal, generar beneficios comunitarios y estar alineados con las competencias de su nivel de gobierno, así como ser compatibles con los lineamientos de políticas sectoriales.

Se destaca la orientación clara hacia la inversión pública como medio para mejorar y ampliar los servicios públicos esenciales de manera universal. La vinculación de los proyectos a competencias gubernamentales específicas y a políticas sectoriales sugiere una estrategia para alinear las inversiones con objetivos nacionales y regionales, buscando una gestión eficiente y coherente de los recursos.

Es importante subrayar que los proyectos financiados no deben tener fines empresariales ni ser susceptibles de ser realizados por el sector privado. Este enfoque refleja la intención de priorizar inversiones públicas que beneficien directamente a la comunidad y fortalezcan la capacidad del gobierno para proporcionar servicios esenciales.

Además, la norma otorga a los gobiernos regionales y locales la facultad de destinar hasta un 20% de los recursos provenientes de los Canon y la Regalía Minera para el mantenimiento de la infraestructura generada por proyectos de impacto regional y local. También se permite utilizar estos fondos para financiar los gastos asociados con los procesos de selección para la ejecución de proyectos de inversión pública. Asimismo, hasta un 5% de este porcentaje puede ser destinado a financiar la elaboración de perfiles de proyectos que estén alineados con los planes de desarrollo concertados correspondientes.

Este enfoque sugiere una preocupación por garantizar la sostenibilidad de los proyectos a largo plazo, mediante la asignación de recursos específicos para el mantenimiento de la infraestructura y la cobertura de los costos operativos asociados. También se reconoce la importancia de la planificación estratégica a través de la financiación de perfiles de proyectos que se alineen con los planes de desarrollo concertados, promoviendo así una gestión más integral y coordinada de los recursos disponibles.

Cabe señalar que esta disposición no es aplicable a gobiernos locales o regionales que cuenten con la autorización normativa para utilizar un porcentaje de los recursos del Canon en gastos corrientes. Este matiz sugiere una flexibilidad normativa, reconociendo las distintas realidades y necesidades de las diversas entidades gubernamentales.